100_2291La ITE es una Inspección obligatoria y periódica que deben pasar todos los edificios de más de 50 años, con el fin de garantizar su seguridad. La norma municipal que regula la ITE es la Ordenanza Reguladora del Deber de Conservación, Edificación e Inspección Técnica de Edificaciones.

Todos los propietarios de cualquier tipo de edificio (viviendas, oficinas, comercios, naves…) tienen la obligación de cumplir la ITE. En el caso de las Comunidades de Propietarios, el deber recae sobre la propia Comunidad. Su incumplimiento conlleva la imposición de sanciones y la adopción de medidas de ejecución forzosa mediante las cuales el Ayuntamiento realizará la ITE, pasando después el cobro a la propiedad.

¿Cómo se pasa la inspección?

Los propietarios deberán encargar la inspección técnica a un profesional cualificado y colegiado en el correspondiente Colegio Profesional. Este profesional revisará el edificio (cubiertas y aleros, fachadas, paredes, forjados…).

Si el edificio está en buen estado suscribirá el dictamen favorable del informe de inspección Técnica, señalando que es una construcción segura. En caso de que se detecten deficiencias o daños que impliquen un resultado desfavorable de la inspección, el propietario deberá llevar a cabo las reparaciones oportunas. Una vez finalizadas las obras, el técnico responsable de la inspección hará una nueva visita, y si los daños se han reparado satisfactoriamente, emitirá el dictamen favorable.

Solicitud de presupuesto

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